Tribunal desestima demanda espuria contra familia Molina Theissen, pero intento de excluir observadores genera inquietudes
0La semana pasada, un tribunal guatemalteco desestimó una denuncia penal presentada por la abogada Karen Marie Fisher Pivaral contra la familia Molina Theissen. Fisher presentó la denuncia poco después del fallo del 23 de mayo de 2018 en el caso, en el que cuatro altos oficiales retirados del Ejército de Guatemala fueron condenados por crímenes contra los deberes de la humanidad y violación sexual agravado contra Emma Molina Theissen, y tres de los cuatro fueron condenados por la desaparición forzada de su hermano de 14 años, Marco Antonio, en 1981. Fueron condenados a entre 33 y 58 años de cárcel.
Por Jo-Marie Burt y Paulo Estrada
En su demanda, Fisher sostiene que Marco Antonio Molina Theissen está vivo, y por lo tanto la familia Molina Theissen acusó falsamente a los militares. Fisher, quien es conocida en Guatemala por ser operadora de la extrema derecha y promilitar, presentó su demanda ante la Juzgado Segundo de Primera Intancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, presidida por la jueza Virginia Amparo de León Lara. La imparcialidad de la jueza De León Lara ha sido cuestionada porque es hermana de un general retirado que ostentó cargos de poder durante el período del conflicto armado interno (1960-1996) y por señalamientos de su cercanía con la red del crimen organizado conocida como “La Cofradía.”
El inicio de la audiencia se vio empañado por irregularidades, incluso la exclusión de observadores nacionales e internacionales, lo cual genera inquietudes. Ante la insistencia de los observadores de su derecho a observar la audiencia, la jueza accedió y se realizó la audiencia de manera pública. Luego de escuchar los argumentos de las partes, la jueza De León Lara desestimó la denuncia, que el abogado de la familia Molina Theissen, Alejandro Rodríguez, calificó de “un acto de hostigamiento”.
Al principio la juzgadora admitió la solicitud de Fisher de constituirse en querellante adhesiva en el proceso. Tal decisión fue apelado por el representante del Ministerio Público y el abogado de la familia Molina Theissen, Alejandro Rodríguez. Al final, la jueza se echó atrás en su decisión de admitir a Fisher como querellante adhesiva del caso, y desestimó la demanda, calificó como un “acto de intimidación” contra la familia Molina Theissen.
IRREGULARIDADES: INTENTO DE EXCLUIR A LOS OBSERVADORES DE LA SALA
La audiencia se realizó el 12 de abril de 2019. Las partes procesales, junto con observadores nacionales e internacionales, estaban esperando fuera de la pequeña sala del juzgado antes de que comenzara la audiencia.
Un oficial del tribunal llamó a la fiscal del Ministerio Público y a Karen Fisher para que entraran a la sala. Al resto de personas se les negó la entrada. El representante de la familia Molina Theissen Alejandro Rodríguez le insistió al oficial que tenía derecho de participar en la audiencia. IJ Monitor también insistió en su derecho de observar el proceso, por ser una audiencia pública. El tribunal autorizó que Rodríguez e IJ Monitor ingresaran a la sala. Este retraso impidió que IJ Monitor observara el comienzo de la audiencia.
Al reiniciarse la audiencia, Fisher cuestionó la presencia del representante de IJ Monitor, pidiendo a la jueza que identificara al individuo y su afiliación institucional, que se excluyera a los observadores y que la audiencia se llevara a cabo en privado. La jueza efectivamente solicitó información sobre la identidad y afiliación del representante de IJ Monitor, algo que nunca había sucedido en varios años de monitorear casos de justicia transicional en Guatemala.
Mientras el tribunal deliberaba sobre la solicitud de Fisher, empezó a recibir quejas de otras personas a las que se les había negado el ingreso a la sala, incluyendo observadores nacionales e internacionales, incluyendo funcionaros de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, así como familiares de los oficiales retirados del ejército que purgan prisión actualmente por este caso.
Ante tales presiones, la jueza accedió a que la audiencia fuera pública. Debido al reducido tamaño de la sala, sólo unas pocas personas lograron entrar, así que varias observaron la audiencia desde la puerta.
En Guatemala, las audiencias son públicas a menos que el tribunal determine lo contrario basándose en las normas legales, por lo que el intento de la jueza de limitar la presencia de observadores externos fue sumamente irregular.
LOS ARGUMENTOS
La audiencia continuó, con Fisher acompañada por las familias de varios de los ex oficiales militares condenados en el caso.
Fisher pidió que la exclusión de Alejandro Rodríguez de la audiencia, alegando que eran las acusadas, y no su representante, quienes debían hallarse presentes. El tribunal no accedió a la solicitud y Rodríguez permaneció en la sala.
Luego Fisher solicitó al tribunal ser admitida como querellante adhesiva en el caso Molina Theissen, aduciendo que se consideraba parte agraviada porque su familia se vio afectada por “la subversión” durante el conflicto armado interno, y dos miembros de la familia Molina Theissen reconocieron su militancia en la Juventud Patriótica del Trabajo (JPT). Fisher declaró que los grupos subversivos eran responsables del asesinato de un primo suyo, así como de la destrucción de propiedades de su familia.
A manera de más justificación, dijo que una de las miembros de la familia Molina Theissen trabaja en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL, por sus siglas en inglés), el cual describió como “una organización dedicada a perseguir a los veteranos de guerra de Guatemala.” CEJIL representa a la familia Molina Theissen ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En el año 2004, la Corte determinó que el Estado de Guatemala era responsable de la desaparición forzada de Marco Antonio, y ordenó que se investigara, enjuiciara y castigara a los responsables, así como una serie de medidas de resarcimiento que Guatemala sólo ha cumplido parcialmente.
(Como nota aparte, CEJIL también representó a Fisher y a otras personas en un caso presentado ante la Corte Interamericana por el asesinato de su suegro, Jorge Carpio Nicolle, político y periodista que se opuso al autogolpe de Jorge Serrano Elías en 1993. En el año 2004 la Corte encontró al Estado de Guatemala responsable del asesinato de Carpio Nicolle).
Fisher dijo ante el tribunal que su demanda se basaba en que el día que se dictó la sentencia del caso Molina Theissen, observó a un hombre sentado en la sala del tribunal junto a la familia Molina Theissen que se parecía a Marco Antonio. Durante la etapa intermedia y de sentencia del juicio, los familiares de los acusados frecuentemente argumentaban que Marco Antonio no estaba desaparecido y que estaba vivo; sin presentar prueba alguna de tal aseveración.
Fisher y los familiares de los oficiales condenados le pidieron al Ministerio Público realizarle pruebas de ADN al hombre y a la familia Molina Theissen a fin de verificar su identidad. Fisher le pidió a la jueza que le ordenara al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) realizar dichas pruebas, y pidió específicamente que la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG) no participara, argumentando que tenía evidencias de que su director ejecutivo, Fredy Peccerelli, no es antropólogo forense. También ofreció cubrir los costos de las pruebas.
Fisher dijo que la familia Molina Theissen había falsificado otros documentos, refiriéndose a la cédula de identidad falsa que Emma portaba cuando fue capturada por el ejército en 1981.
La representante del Ministerio Público y Rodríguez se opusieron a la solicitud de Fisher de ser admitida como querellante adhesiva, argumentando que no reunía las condiciones para ser considerada parte afectada en este caso. Además, dijeron, no hay conexión entre los atentados que Fisher describe contra su familia, y la familia Molina Theissen. Rodríguez dijo además que el caso Molina Theissen ya había sido juzgado por otro tribunal, y que el procedimiento correcto dicta que cualquier reclamo debe ser presentado ante el mismo tribunal.
LA FISCAL Y EL ABOGADO DE LA FAMILIA MOLINA THEISSEN SE OPONEN A LA POSTURA DE FISHER
Al inicio, la Jueza De León Lara decidió admitir a Fisher como querellante adhesiva temporal. Rodríguez apeló la decisión, declarando que la denuncia de Fisher se refiere a supuestos crímenes que no la afectan, y por lo tanto, que carece de base legal para ser admitida como querellante adhesiva en el caso. Según Rodríguez, sólo los oficiales retirados del ejército condenados en el caso Molina Theissen podrían presentar una queja de esta naturaleza.
Rodríguez prosiguió argumentando que dichos oficiales fueron condenados en mayo pasado por la desaparición forzada de Marco Antonio Molina Theissen, crimen que fue probado ante un tribunal nacional e internacional (en referencia a la Corte Interamericana de Derechos Humanos). La fiscal también se opuso a la decisión de la jueza, argumentando que Fisher no tiene relación con los oficiales condenados, por lo que no tenía sustento legal su petición de ser considerada parte agraviada en este caso.
Luego de deliberar brevemente, la jueza dio marcha atrás en su decisión, negando la solicitud de Fisher de constituirse en querellante adhesiva en el proceso. Basó su decisión en los argumentos presentados por la fiscal y por Rodríguez: Fisher no tenía sustento legal para constituirse en querellante adhesiva en el caso; y por ley, cuando un caso ya ha sido escuchado por un tribunal de sentencia, no procede interponer una queja sobre el mismo proceso ante un tribunal distinto.
Seguidamente, la representante del MP pidió a la jueza desestimar la denuncia de Fisher por falta de mérito. La fiscal declaró que el Ministerio Público había investigado la identidad de la persona señalada por Fisher, determinando que era el esposo de María Eugenia Molina Theissen, la hermana de Emma y Marco Antonio. Éste también tenía aproximadamente 20 años más de los que tendría Marco Antonio si estuviera vivo. Concluyó diciendo que la demanda era difamatoria y revictimizante para la familia.
Rodríguez también pidió que la demanda fuera desestimada, añadiendo que el Tribunal de Mayor Riesgo “C” encontró que tres ex oficiales del Ejército de Guatemala eran responsables de la desaparición forzada de Marco Antonio Molina Theissen y ordenó al estado localizar sus restos y devolverlos a la familia.
Recordó además que la sentencia ordenó el cese de toda forma de hostigamiento contra la familia Molina Theissen. Aseveró que la demanda de Fisher es un claro ejemplo de hostigamiento y que la persistencia de dicha práctica es una de las razones por las que la familia Molina Theissen sigue viviendo en el exilio. También indicó que el juicio Molina Theissen se desarrolló en los tribunales de alto riesgo debido a los riesgos de seguridad que representaba para la familia Molina Theissen.
Ante la fuerza de los contraargumentos, Fisher solicitó a la jueza que si desestimara la demanda, lo hiciera de manera provisional, para que las familias de los oficiales del ejército la presentaran si así lo deseaban.
JUEZ DESESTIMA LA DEMANDA “AUNQUE ME HAGAN CARAS”
La jueza De León Lara resolvió desestimar de la denuncia, llegando a la conclusión de que Fisher carece de fundamental legal para ser querellante adhesiva o para volver a presentar la demanda en el futuro, y que la ley establece que cualquier queja en un caso que ya ha sido juzgado por un tribunal debe ser presentada ante el mismo. Indicó luego que la sentencia emitida por el Tribunal de Mayor Riesgo prohíbe el acoso de las partes afectadas por el caso Molina Theissen.
La jueza declaró que desestimaba el caso, “aunque me hagan caras,” en referencia a las familias de los oficiales del ejército presentes en la audiencia, quienes estaban visiblemente no conformes con su decisión. Añadió que como juez, no debía haber conocido dicha denuncia.
Rodríguez le contó a IJ Monitor que, “la jueza fue muy contundente en que no puedan haber dos investigaciones. Ella desestima por qué hay un proceso legal principal y en ese marco es donde debe darse cualquier situación. La prueba fue muy contundente y se demostró quien es la persona que ellos señalan, se acreditó su identidad, su nacionalidad y el hecho que se encuentra casado con una integrante de la familia Molina Theissen”.
Añadió que la denuncia busca criminalizar a la familia Molina Theissen y como tal constituye “una forma grave de hostigamiento y de represalia en contra de la familia Molina Theissen. Es un acto de intimidación”.
LAS PREOCUPACIONES QUE ESTE INCIDENTE PLANTEA
Al final, la decisión de la jueza De León Lara estuvo apegada a derecho. Sin embargo, las irregularidades que aquí se reportan plantean varias preguntas, especialmente porque los medios de comunicación en Guatemala ya han externado dudas sobre la juzgadora.
Rubén Zamora, editor del diario guatemalteco El Periódico, cuestionó a la jueza en 2017 cuando Ricardo Méndez Ruiz, presidente de la Fundación Contra el Terrorismo, presentó una demanda por difamación contra él ante la sala presidida por de León. En esta oportunidad, Zamora reportó que la jueza De León Lara es hermana del general retirado Eugenio Morris de León Gil, quien en 1991 encabezó el temido “Archivo,” una unidad operativa y de inteligencia del Estado Mayor Presidencial (EMP) que recopilaba información de disidentes y que dirigió la campaña de terror urbano que secuestró, torturó y desapareció a sospechosos de subversión entre finales de los años 1970s y mediados de los 1980s.
Según Zamora, el general en retiro De León Gil también es miembro de “La Cofradía,” una estructura clandestina de ex oficiales de inteligencia militar, que sería liderado por el ex jefe de inteligencia militar Manuel Callejas y Callejas, uno de los cuatro oficiales condenados por el caso Molina Theissen. Según Zamora, De León Gil también mantiene estrechos vínculos con oficiales retirados del ejército que son miembros de la Fundación Contra el Terrorismo.
No se sabe si Fisher presentó su demanda específicamente ante la jueza De León Lara debido a las conexiones familiares de ésta, pero ha habido numerosas instancias de práctica de “litigio malicioso” en Guatemala, incluyendo el caso de genocidio del 2013. En varias de sus sentencias, la Corte Interamericana de Derechos Humanos le ha ordenado a Guatemala la creación de medidas que pongan fin a dichas prácticas.
Jo-Marie Burt es Profesora Asociada de Ciencia Política y Estudios Latinoamericanos en la Universidad George Mason. También es Miembro Senior de la Oficina de Washington para América Latina (WOLA). Paulo Estrada es activista de derechos humanos, estudiante de arqueología en la Universidad de San Carlos y querellante en el caso del Diario Militar. Este artículo fue publicado en inglés en International Justice Monitor (IJM). Lo tradujo al español José Alejandro Arriaza Ibarra.