Por Luis Solano
Periodista Independiente
16/03/2015
(Texto publicado en CMI Guatemala)
Fue en febrero de 2014, cuando al gobierno del Partido Patriota (PP), con el pleno respaldo de los grupos de poder económico que le dan soporte, emitió cuatro acuerdos gubernativos los cuales constituyeron las denominadas “ circunscripciones económicas ” en los municipios de Estanzuela, Zacapa; San Agustín Acasaguastlán y Guastatoya, El Progreso; y Masagua, Escuintla.
La característica fundamental del origen de estas circunscripciones, dominadas en su mayoría por alcaldías municipales bajo el control del PP, es promover la atracción de inversiones en zonas deprimidas económicamente, con marcados niveles de desempleo, lo cual supuestamente se logrará con el establecimiento de salarios diferenciados, es decir salarios por debajo del salario mínimo.
En diciembre de 2014, el Ejecutivo publicó otros cuatro acuerdos gubernativos donde se establecen los salarios mínimos para esas circunscripciones económicas, para fomentar la industria manufacturera ligera, la actividad exportadora y la maquila.
Estos acuerdos gubernativos en realidad son indignos, ilegales, inconstitucionales y cínicos. Reflejan, en última instancia, el pensamiento económico que prevalece en las esferas de poder político y económico, sustentado en la ideología neoliberal que privilegia intereses privados y corporativos que actualmente controlan el Estado.
Le toca ahora a la Corte de Constitucionalidad (CC) decidir si son o no inconstitucionales, pero sobre todo demostrar qué tan independiente es o si está alineada a esos poderes reales.
De llegarse aprobar los nuevos salarios, el poder económico profundizará aún más la desigual distribución de la riqueza que predomina en Guatemala con las consabidas consecuencias económicas, políticas y sociales que ello arrastra.
Asustando con el «petate del muerto»
Durante la vista pública que tuvo lugar en la Corte de Constitucionalidad (CC), la semana pasada, varios sectores que apoyan y se oponen a la instauración de los salarios diferenciados, expresaron sus argumentos al respecto. En consecuencia, la CC deberá ahora decidir si suspende en definitiva ese tipo de salarios.
La audiencia en el órgano constitucional tuvo lugar a raíz de la suspensión provisional que la CC ordenó, el 29 de enero, debido a las acciones de inconstitucionalidad que la Procuraduría de Derechos Humanos (PDH), organizaciones sindicales y abogados presentaron en enero de 2015.
Esta primera acción, está constituida por el planteamiento de la Inconstitucionalidad General Total, ante la Corte de Constitucionalidad, de las nueve normas en que se asienta este nuevo agravio a la clase trabajadora guatemalteca, siendo las normas impugnadas: a) EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 72-2014 DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, DE FECHA 21 DE FEBRERO DE 2014, QUE DETERMINA COMO CIRCUNSCRIPCIÓN ECONÓMICA EL MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN ACASAGUASTLÁN, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO; b) EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 73-2014 DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, DE FECHA 21 DE FEBRERO DE 2014, DETERMINA COMO CIRCUNSCRIPCIÓN ECONÓMICA EL MUNICIPIO DE GUASTATOYA, DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO; c) EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 74-2014 DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, DE FECHA 21 DE FEBRERO DE 2014, QUE DETERMINA COMO CIRCUNSCRIPCIÓN ECONÓMICA EL MUNICIPIO DE ESTANZUELA, DEPARTAMENTO DE ZACAPA; d) EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 75-2014 DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, DE FECHA 21 DE FEBRERO DE 2014, QUE DETERMINA COMO CIRCUNSCRIPCIÓN ECONÓMICA EL MUNICIPIO DE MASAGUA, DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA; e) EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 471-2014, DE FECHA 19 DE DICIEMBRE DE 2014, DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, QUE ACUERDA FIJAR EL SALARIO MÍNIMO PARA LA ACTIVIDAD DE LA INDUSTRIA DE MANUFACTURA LIGERA PARA LA CIRCUNSCRIPCIÓN ECONÓMICA DEL MUNICIPIO DE SAN AGUSTIN ACASAGUASTLÁN DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO; f) EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 472-2014, DE FECHA 19 DE DICIEMBRE DE 2014, DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, QUE ACUERDA FIJAR EL SALARIO MÍNIMO PARA LA ACTIVIDAD DE LA INDUSTRIA DE MANUFACTURA LIGERA PARA LA CIRCUNSCRIPCIÓN ECONÓMICA DEL MUNICIPIO DE MASAGUA DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA; g) EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 473-2014, DE FECHA 19 DE DICIEMBRE DE 2014, DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, QUE ACUERDA FIJAR EL SALARIO MÍNIMO PARA LA ACTIVIDAD DE LA INDUSTRIA DE MANUFACTURA LIGERA PARA LA CIRCUNSCRIPCIÓN ECONÓMICA DEL MUNICIPIO DE GUASTATOYA DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO; h) EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 474-2014, DE FECHA 19 DE DICIEMBRE DE 2014, DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, QUE ACUERDA FIJAR EL SALARIO MÍNIMO PARA LA ACTIVIDAD DE LA INDUSTRIA DE MANUFACTURA LIGERA PARA LA CIRCUNSCRIPCIÓN ECONÓMICA DEL MUNICIPIO ESTANZUELA DEL DEPARTAMENTO DE ZACAPA; e, i) EL ARTÍCULO 3 DEL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 470-2014, DE FECHA 19 DE DICIEMBRE DE 2014, DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, QUE FIJA EL SALARIO MÍNIMO PARA LAS ACTIVIDADES DE EXPORTACIÓN Y DE MAQUILA.
En un documento de 146 páginas, el MSICG precisa de manera breve pero detallada, la violación a las garantías constitucionales provocada por dichas normas y pide a la Corte de Constitucionalidad, dada la notoria ilegalidad de dichas disposiciones y el exceso de autoridad empleado para imponerlas, que las mismas sean suspendidas provisionalmente y posteriormente expulsadas definitivamente de nuestro ordenamiento jurídico.
De los argumentos presentados, hay que destacar el del Ministro de Economía, Sergio de la Torre, quien fuera secundado por el Ministro de Trabajo, Carlos Contreras, ambos ministerios cooptados por el sector empresarial desde hace muchos años.
Para exigir la ratificación de los salarios diferenciados, De la Torre argumentó que en caso contrario “ cien empresas amenazan con irse del país ”, argumento que en otras palabras sería una amenaza para la CC, pero que igual, muestra la ética capitalista que lo envuelve ya que sin mencionar un nombre de empresa alguna siquiera, es cuestionable por ser De la Torre un empresario con grandes intereses en la maquila y representar otros tantos de los grupos de poder más importantes de Guatemala.
De la Torre representa los intereses de la Corporación Multi Inversiones, uno de los ocho grupos económicos más fuertes de Guatemala (G8), constituido por la red familiar Bosch-Gutiérrez, intereses reflejados de igual manera en el gobierno. Es un empresario de la industria textil, Presidente de Accesorios Textiles, S.A. y de las empresas Reto, S.A., y Promocionarte, S.A. Fue Presidente de la influyente Cámara de Industria (CIG) y del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) en 2006-2007. Hasta antes de su nombramiento era el representante de las cámaras empresariales ante la Junta Monetaria (JM).
De la Torre también es uno de los promotores del proyecto de la Ley de Inversión y Empleo, en la que subyacen esos mismos intereses económicos. Otro de los promotores de ese proyecto de Ley, es Juan Carlos Paiz Mendoza, Comisionado Presidencial para la Competitividad e Inversión, y gran impulsor del Plan de la Alianza para la Prosperidad, que contradictoriamente busca detener la migración a Estados Unidos ((
- http://cmiguate.org/alianza-para-la-prosperidad-un-proyecto-de-la-elite-empresarial/
- http://www.plazapublica.com.gt/content/un-proyecto-de-la-elite-empresarial
- http://www.albedrio.org/htm/documentos/Solano-ALIANZAPARALAPROSPERIDAD-2015.pdf
Los municipios escogidos por el gobierno y empresarios, sin duda cumplen condiciones que van más allá de lo argumentado por ellos mismos. Explotación de mano de obra barata y acumulación de capitales, por un lado, y la prevalencia político partidaria a partir del discurso de la generación de empleo, es lo que al final se impone.
Con descaro y desfachatez, De la Torre argumentó a manera de crítica que “Quienes promueven esta acción de inconstitucionalidad la fundamentan en la ficción de que todos los guatemaltecos gozan de un salario mínimo, y ocultan la realidad de que el 83 por ciento de la Población Económicamente Activa (PEA) forma parte de la economía informal y que los ingresos promedio en las cuatro comunidades mencionadas es de apenas Q600 mensuales ”. ((Agencia Guatemalteca de Noticias (AGN). Secretaría de Comunicación de la Presidencia. Ministros solicitan a la CC ratificar salario determinado en circunscripciones económicas en Guatemala. 12 de marzo de 2015.))
En la práctica, efectivamente el salario mínimo no se paga porque los empresarios simplemente no quieren, lo cual queda demostrado en la acumulación de ganancias que año con año ocurre en detrimento de los salarios, como se verá más adelante.
Pero peor aún, las declaraciones de De la Torre demuestran la incapacidad del sector empresarial para generar empleo pese a las tasas de crecimiento que ha tenido la economía nacional, un crecimiento distribuido de manera desigual a favor de los grandes empresarios que se lo apropian gracias, en gran parte, a las políticas económicas de corte neoliberal que se impulsan aceleradamente desde el gobierno de facto del general Efraín Ríos Montt.
Precisamente, un análisis reciente, plantea que los salarios diferenciados parecen una manera de “legalizar el incumplimiento del pago del salario mínimo en un 71 por ciento de los casos (según el Ministerio de Trabajo) y de generalizar hacia la baja esa paga …” ((elPeriódico, 15 de marzo de 2015. ¿ Y qué está pensando la gente ? Análisis de Coyuntura. IPN-USAC Instituto de Problemas Nacionales / Universidad de San Carlos.)). El porcentaje anotado en el análisis, se refiere a las empresas que el propio Ministerio de Trabajo admite que no pagan el salario mínimo establecido.
Evidencia Estadística
Abundan las estadísticas oficiales nacionales e internacionales que evidencian los altos niveles de pobreza, pobreza extrema y desnutrición en Guatemala. Este uno de los principales factores que provocan migración masiva hacia Estados Unidos. Y esto es producto del modelo económico imperante que distribuye la riqueza generada de una manera injusta y desigual.
La migración masiva se aceleró a partir de las décadas de 1980 y 1990, cuando se implementaron la mayor parte de las medidas económicas neoliberales que condujeron a la reducción del Estado y la inversión pública en la esfera social, para privilegiar los intereses a favor de la privatización y la inversión pública en función privada vía megaproyectos, apertura de los servicios públicos a los capitales privados, la prevalencia del sistema bancario privado, el desempleo, la reducción de los salarios reales vía caída del poder de compra del quetzal y, siguiendo la lógica capitalista, más de un miembro de una familia ganando un salario insuficiente que sumados a los del conjunto familiar pueda contribuir al equivalente de lo que años antes era un solo salario cubría gran parte de las necesidades básicas de una familia.
Quienes han creado esas inequidades, encima de todo, ahora buscan aprovecharlas y el gobierno se convierte en su vocero y ejecutor de sus propuestas, sin importar la realidad concreta ni lo que expertos opinen. Al final, son acciones de tipo dictatorial-empresarial las que se imponen.
Es curioso el actuar del gobierno y los empresarios. El 1 de enero de 2015, entraron en vigencia los nuevos salarios mínimos, lo mismo que se hacía con los salarios diferenciados. Los primeros fueron protestados abiertamente por los empresarios y, obviamente, no se pagará (ver cuadro). Los segundos, apoyados ampliamente. ((http://www.plazapublica.com.gt/content/el-cacif-no-promovio-el-salario-diferenciado-pero-lo-apoya))
SALARIOS MÍNIMOS VIGENTES PARA 2015
Actividades | Salario Diario | Salario Mensual |
---|---|---|
No Agrícolas | Q 78.72 | Q 2,394.40 |
Agrícolas | Q 78.72 | Q 2,394.40 |
Exportadora/Maquila | Q72.36 | Q2,200.95 |
Fuente: Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, los salarios mínimos diarios establecidos en los últimos siete años, muestran un alza de entre Q4 y Q5, según lo muestra el cuadro a continuación:
SALARIO MÍNIMO DIARIO
Periodo 2008-2013. En quetzales.
Actividades | 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 |
---|---|---|---|---|---|---|
Agrícolas | 47.00 | 52.00 | 56.00 | 63.70 | 68.00 | 71.40 |
No agrícolas | 48.50 | 52.00 | 56.00 | 63.70 | 68.00 | 71.40 |
Exportadora/Maquila | 47.75 | 47.75 | 51.75 | 59.45 | 62.50 | 65.63 |
En sus datos más recientes, el Instituto Nacional de Estadística (INE) indicó que para que una familia adquiera los 26 productos mínimos de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) necesitaba en febrero de 2015, al menos un ingreso de Q3 mil 281.70 al mes. Tomando como base el CBA de Q922.86 estimado en enero de 1995, la tendencia que se observa es el constante crecimiento del valor de la CBA, insuficiente para ser cubierta por los salarios mínimos establecidos (ver gráfica).
TENDENCIA DEL VALOR DE LA CANASTA BÁSICA ALIMENTARIA. Período 1995-2015.
Ello se comprueba con los datos que el INE presenta en relación con el ingreso laboral mensual promedio, para el período 2002 y primer semestre de 2014, donde se establece que en general, los ingresos son insuficientes para cubrir la CBA mensual. Pero ratifica una vez más, que las mujeres e indígenas obtienen un ingreso menor, evidenciando la desigualdad y la discriminación que prevalece en esos amplios sectores de la población guatemalteca (ver cuadro).
Al no pago de los salarios mínimos, a la tendencia del pago de salarios menores a los establecidos legalmente y a la constitución de salarios diferenciados hay que añadir el efecto inflacionario que golpea a los pocos quetzales que gana la masa trabajadora. Los salarios nominales, medidos en quetzales pagados, son insuficientes para cubrir las necesidades mínimas. De ahí el porqué se establece el concepto de salario real, que es lo que en realidad pueden comprar los quetzales ganados. Y eso se mide, en parte, en el Poder adquisitivo del quetzal, cuya pérdida en el período Diciembre 2010 (año base) y Febrero de 2015, es de Q0.15 centavos, es decir que Q1.00 de diciembre de 2010 en febrero de 2015 tenía un valor de Q0.85 centavos, tal como se observa en la gráfica siguiente:
Pérdidas en el poder adquisitivo del Quetzal
De realidades y cinismos
A la evidencia estadística, hay que sumar la declaración conjunta emitida en Ginebra por los relatores especiales de Naciones Unidas sobre pobreza extrema y derechos humanos, Philp Alston, y sobre el derecho a la alimentación, Hilal Elver, quienes indicaron en relación con los salarios diferenciados, que “ la explotación de la mano de obra no es una opción viable para propiciar el desarrollo económico y social ”. ((http://www.ohchr.org.gt/documentos/comunicados/17022015 _ RebajaSalarial_Relatores.pdf ))
De esta forma los expertos opinaron que el salario diferenciado de Q1,500 es 44 por ciento inferior a la remuneración mínima mensual vigente a nivel nacional en los sectores agrícola y no agrícola.
“Este salario mínimo cubre únicamente el 25% del costo de la Canasta Básica Vital que necesita una familia guatemalteca. Con un ingreso tan bajo, los hogares que ya se encuentran en situación de vulnerabilidad se verán en una situación precaria, sin posibilidad de asegurar un nivel de vida adecuado para los trabajadores y sus familias, comprometiendo seriamente su seguridad alimentaria y el acceso a una dieta adecuada”, añadió Elver.
En el comunicado conjunto se advierte la preocupación de que “ El nuevo salario mínimo local de 1.500 quetzales (aproximadamente 195 USD) al mes contrasta claramente con el salario mínimo nacional de unos 2.650 quetzales (alrededor de 350 USD) vigente en los sectores agrícola y no-agrícola. Existe la preocupación de que esta medida pueda extenderse a otros sectores y regiones y desencadenar una tendencia a la reducción salarial. ”
El comunicado también enfatiza la situación que enfrenta el gobierno y los empresarios, al indicar que “Guatemala se enfrenta al escrutinio internacional por una serie de denuncias por violaciones a los derechos laborales, incluidos el monto inadecuado del salario mínimo, la violación generalizada de las garantías de su cumplimiento; la práctica de condicionar los salarios a metas de producción excesivamente altas y poco realistas; y la violación del derecho a libertad de asociación y la protección del derecho de formar parte de un sindicato”.
De manera categórica indica que: “Recientemente, en diciembre de 2014, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU expresó su preocupación debido a que el salario mínimo en Guatemala no es suficiente para asegurar un nivel de vida adecuado para los trabajadores y sus familias, así como por las disparidades existentes entre los salarios mínimos de los distintos sectores de la economía, en particular en la exportación y en la maquila textil. ”
“En este contexto, introducir un salario aún más bajo en una industria y áreas específicas representa una media regresiva que viola las obligaciones de Guatemala conforme al derecho internacional de los derechos humanos y pone en riesgo un desarrollo social inclusivo”, señaló Alston.
El comunicado concluye diciendo: “ Los expertos exhortaron a Guatemala a garantizar condiciones de trabajo justas y favorables para todos los trabajadores en cumplimiento con el derecho internacional de los derechos humanos, que propicie un desarrollo sostenible e inclusivo”.
Pese a la contundencia del comunicado conjunto de la ONU, la posición del gobierno de Guatemala por medio de la vicepresidenta Roxana Baldetti, fue un derroche de cinismo y desfachatez. Su falta de diplomacia se notó al explicar, según una emisora local, “que respeta las decisiones de esa organización, pero dijo que la ONU no conoce la realidad de los pobladores de esos municipios” ((Emisoras Unidas. Baldetti: “Es mejor tener Q1 mil 200 en la bolsa a no tener nada” http://noticias.emisorasunidas.com/noticias/nacionales/baldetti-mejor-tener-q1-mil-200-bolsa-no-tener-nada))
Baldetti llegó al extremo de ejemplificar, a partir de violaciones a la ley, “que si ella viviera en Estanzuela, Zacapa, y si tuviera cinco hijos, le daría benditas gracias a Dios” que una maquila le ofreciera trabajo, “ independientemente que la leyes digan otra cosa.”
Además, según la emisora, la vicemandataria expresó: “Es mejor tener Q1 mil 200 en la bolsa; o no tener nada y comer una vez al mes, una vez al día, tortilla con sal porque no me alcanza para otra cosa”. Baldetti, concluyó diciendo que “Nadie va a ir a invertir a Estanzuela si no le damos nada a cambio ”.
A esas declaraciones hay que agregar las vertidas previamente por importantes empresarios, como Javier Zepeda, director ejecutivo de la Cámara de Industria de Guatemala (CIG), quien cuestionó la acción de inconstitucionalidad de MSICG al indicar que “no están tomando en cuenta el fondo de este beneficio que traerá al país, ya que con estos acuerdos se espera generar empleo y sobre todo la descentralización de la actividad económica del país”. ((La Hora. 7 de enero de 2015. Salario mínimo: Q2 mil 644.40)); Según INE, canasta básica: Q3 mil 123.60. Zepeda indicó a ese medio de prensa que lo que se busca es “que la gente pueda tener un salario digno”, sin indicar qué entiende él por “salario digno”, máxime dadas las circunstancias de deterioro en las condiciones de vida de los asalariados, precisamente por los bajos salarios pagados.
Finalmente, en una entrevista a una emisora, el analista del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), Hugo Maúl, ((El CIEN es considerado un centro de pensamiento, generador de ideas e incidencia de carácter neoliberal. Tiene influencia de centros de pensamiento destacados en el mundo neoliberal. Para más información sobre centros de pensamiento y el CIEN, ver Valdez, Fernando J. (2015). El gobierno de las élites globales. Cómo se organiza el consentimiento. La experiencia del Triángulo Norte. Guatemala: URL: Editorial Cara Parens.)) indicó que “el incremento que se anunció al salario mínimo afectará principalmente a las maquilas”. ((Emisoras Unidas, 15 de marzo de 2015. Incremento de salario mínimo afectará a sector maquila, según analista. http://noticias.emisorasunidas.com/noticias/nacionales/incremento-salario-minimo-afectara-sector-maquila-segun-analista)) Por si fuera poco, Maúl advirtió que “la implementación del aumento salarial podría generar desempleo para dicho sector”.
La posición de Maúl, harta conocida por su línea pro empresarial, dado el carácter de ideólogo neoliberal que posee, ya había sido expresada días antes en su columna semanal, en la que cuestionó abiertamente a quienes se oponen a los salarios diferenciados. ((elPeriódico, 10 de marzo de 2015. Sin derechos, empleo ni salarios)). Maúl llega al extremo de asegurar “que los salarios diferenciados se originan en una decisión de estas comunidades sobre asuntos económicos de importancia vital para su desarrollo”, y esconde, a propósito o no, que en realidad fue una negociación entre gobierno, empresarios y alcaldes de los cuatro municipios alineados al partido de gobierno, el PP, y que nunca hubo una consulta comunitaria equivalente. Por lo tanto, fue una decisión impuesta desde el poder político y económico.
El asidero ideológico en los salarios diferenciados: aprovecharse del hambre
Por cínico que parezca el discurso de los gobernantes y empresarios, para justificar una imposición a todas luces ilegal e inhumana, en realidad tiene fundamentos teóricos-ideológicos que nos retroceden al menos 100 años, cuando la denominada Teoría Neoclásica de la Economía se puso en boga. A partir de ahí, se convertirá en el fundamento ideológico de las políticas económicas neoliberales. En ambas, lo que prevalece por encima de todo es la propiedad privada y el interés privado.
Los discursos cínicos de gobernantes y empresarios, expresados con anterioridad, tienen su asidero en lo que el economista y teórico neoclásico, John Bates Clark, ((Clark es autor de la Teoría de la distribución del ingreso basada en la productividad marginal. Clark y los teóricos neoclásicos Léon Walras, William Jevons y Carl Menger, son considerados pioneros de la llamada Teoría Marginalista de la Economía, fundamento económico del neoliberalismo.)) escribió hace más de cien años, en 1913, un ensayo en el que dice que “La disciplina del hambre incapacita al trabajador para hacer una negociación exitosa, y si el empleador está en total libertad de contratar a trabajadores, que en estas condiciones podrían individualmente ofrecerse a trabajar, él puede conseguirlo por muy poco”. ((Clark, John Bates. The Minimum Wage. The Atlantic Monthly, September 1913, pp. 289-297. El texto en inglés aparece en la página 292. http://www.unz.org/Pub/AtlanticMonthly-1913sep-00289 La traducción al español y una ampliación, puede verse acá: http://www.laprimeraperu.pe/online/economia/el-salario-en-el-modelo-economico-neoliberal _ 150669.html))
Eso es lo que en realidad sigue ocurriendo en Guatemala. Luego de implementar por décadas un modelo económico injusto, discriminatorio, racista y desigual, las elites empresariales se aprovechan de las condiciones de hambre, miseria y necesidades creadas para sostener y ampliar su modelo de acumulación de capital.
Salarios diferenciados como los que promocionan sólo promueven mayor migración a Estados Unidos, economía informal y todas las consecuencias sociales que generan dadas las condiciones paupérrimas en las que el empleado y desempleado se debate.
Y esa “economía de hambre”, en la que la distribución de la riqueza creada se distribuye desigualmente y se apropia de manera privada, está más que demostrada.
Aunque no expone la desigualdad como tal, el sistema de cuentas nacionales que el Banco de Guatemala usa en la actualidad da un acercamiento bastante grande a esa realidad de inequidades. De hecho, ese sistema denominado Sistema de Cuentas Nacionales-1993 (SCN93), año base 2001, es el único disponible para medir, entre otros indicadores, la distribución del ingreso.
Cual tenaza que quita a los asalariados y da a los grandes empresarios, la gráfica que a continuación se presenta, tiene la virtud de expresar cómo se distribuye la mayor parte del Producto Interno Bruto (PIB), que es un indicador de la creación de la riqueza del país. Pero sobre todo, muestra la tendencia creciente del excedente de explotación ((Renta de las empresas constituidas como sociedad, tales como utilidades, intereses, dividendos, regalías, ganancias de capital y rentas netas.)) a costa de la tendencia decreciente de las remuneraciones de los asalariados.
DISTRIBUCIÓN DEL INGRESO EN GUATEMALA. Período 2001-2013 (en porcentajes)
2001 | 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007 | 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Excedente de explotación | 38.2 | 38.4 | 38.6 | 38.9 | 39.1 | 39.3 | 39.9 | 40.3 | 40.7 | 40.9 | 41.4 | 41.4 | 41.6 |
Remuneraciones de los asalariados | 33.4 | 32.4 | 32.5 | 32 | 31.9 | 31.6 | 30.8 | 30.4 | 30.6 | 30.5 | 30 | 30.1 | 30.1 |
Fuente: Elaboración propia, con base en datos del Estudio de la Economía Nacional y Memoria de Labores del Banco de Guatemala.
Es decir, lo que la gráfica evidencia es la lógica dentro del capitalismo: para que las ganancias sean altas, los salarios deben ser bajos. Y si los salarios aumentan proporcionalmente, entonces las ganancias bajan. Esto último es lo que el discurso cínico de los empresarios y gobernantes evita y esconde.
Según el economista Deiby Ramírez, el excedente de explotación está concentrado en las siguientes actividades económicas: comercio al por mayor y al por menor; elaboración de productos alimenticios bebidas y tabaco; transporte, almacenamiento y comunicaciones; y actividades empresariales y otras actividades inmobiliarias; alquiler de vivienda; cultivos no tradicionales. Estas son las actividades donde los inversionistas pueden encontrar mayores ganancias, y consecuentemente menos salarios para trabajadores.
Una de las debilidades de la gráfica, es que registra promedios, escondiendo mayores disparidades que se dan en sectores intensivos en capital como la banca, telecomunicaciones, minería, electricidad y agronegocios en los que la distribución del ingreso es igual o mayor de 60% en el excedente de explotación e igual o mayor de 20% en las remuneraciones de los asalariados.
Incluso, el relativo corto período de tiempo medido por el SCN93, dadas las modificaciones técnicas que experimentó, mejoró la brecha entre ambas variables con respecto a lo que el sistema previo, el SCN68, documentaba en décadas anteriores. Estimaciones previas que el Banco de Guatemala proporcionó antes que se dejará de publicar por cuestiones políticas e ideológicas, establecieron que entre 1978 y 1988, la parte del PIB correspondiente a “ sueldos y salarios ” bajó de 29% a 27.6%, mientras que la llamada “ remuneración de capital ” o excedente de explotación aumentó de 56.6% a 60.2%, llegando a 63.1% en 1992. ((En relación con los aspectos políticos e ideológicos, ver Inforpress Centroamericana, 13 de mayo de 2007. Nuevas cuentas nacionales, más aptas para analizar economía. http://www.albedrio.org/htm/articulos/j/jpo-029.htm))
A manera de conclusión, vale la pena citar un párrafo del economista y filósofo Franz Hinkelammert, en su crítica al neoliberalismo y a su más abierto promotor, el economista estadounidense Milton Friedman, en relación a las ganancias y los salarios. Dice Hinkelammert:
“Por tanto, sí a todo: mayor nivel de salarios, de educación y salud, pleno empleo y superación de la extrema miseria, sí; pero también sí a los únicos medios “ sanos ” para lograrlo: mayores ganancias. Porque las ganancias de hoy son la inversión de mañana y ocupación y crecimiento de pasado mañana. Sin embargo: mayores ganancias significan menos salarios, menos educación y salud, y más miseria y muchas veces también más desocupación. Así se llega a la “ dialéctica maldita ” de la metafísica empresarial: para acercarse al reinado de la justicia social ” hay que aumentar precisamente el “ reinado de la injusticia social ”. Cuanto más fomentamos la injusticia, más rápido llegamos a la justicia. La misma injusticia es el “ buen camino ” a la justicia, en la óptica empresarial. ” ((Hinkelammert, Franz. Las armas ideológicas de la muerte. Página 151. Departamento Ecuménico de Investigaciones (DEI). Segunda edición. 1981.))
Con los comentarios y fundamento que se dan son contundente, ojala que se cumpliera asi como lo dice la constitucion igualdad para todos los guatemaltecos, si asi fuera desde hace mucho seriamos un mejor pais, si en este momento no habrimos las brechas vamos ha seguir igual y los unicos que salen perjudicado son los mas necesitados.
El salario mínimo para esos 4 municipios es un gran paso para nuestros pueblos ya que ayudaría a disminuir la tasa de desempleo ya que pagar por ejemplo un salario de Q1500 para una empresa es más factible que pagar sueldos de Q3000 en adelante e incluso esas empresas podrían contratar más personas, el salario diferenciado será un gran paso para nuestro país y ojalá q se pueda extender a otras áreas rurales del país
Desde mi punto de vista el salario deferenciado es para 4 departamentos que real mente lo necesitan según las estadísticas el 20% de los pobladores del Guastatoya solo tienen acceso a los servicios de ley. Esto será para crear acceso de empleos en estos lugares del país.
Por que quitarles la oportunidad a esas personas de tener un empleo digno un empleo donde tengan las condiciones de trabajo que no va denigrar su condición de ser humano sino que alcontrario les ba a brír las puertas a un sis tema de salud a que tengan bono 14 vacas iones i sobretodo lo más importante se va a bajar con cid era ble mente la taza de desempleo en esos lugares
Artículo 4º.- Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e
iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil,
tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a
servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad. Los seres humanos deben
guardar conducta fraternal entre sí.
Artículo 93.- Derecho a la salud. El goce de la salud es derecho fundamental del ser
humano, sin discriminación alguna.
Artículo 101.- Derecho al trabajo. El trabajo es un derecho de la persona y una
obligación social. El régimen laboral del país debe organizarse conforme a principios de
justicia social
Artículo 102.- Derechos sociales mínimos de la legislación del trabajo. Son derechos
sociales mínimos que fundamentan la legislación del trabajo y la actividad de los tribunales
y autoridades:
a) Derecho a la libre elección de trabajo y a condiciones económicas satisfactorias
que garanticen al trabajador y a su familia una existencia digna;
b) Todo trabajo será equitativamente remunerado, salvo lo que al respecto
determine la ley;
c) Igualdad de salario para igual trabajo prestado en igualdad de condiciones,
eficiencia y antigüedad; NO LOS LLAMEMOS HERMANOS GUATEMALTECOS CUANDO LES ESTAMOS QUITANDO L PORTUNIDAD DE DESAROLLO
no cuesta nada decir yo me opongo al salario diferenciado ,por un momento dejemos la comodidad que nos da vivir en la ciudad donde me puedo desplazar como d amente donde tengo todos los servicios ala mano y trasladémonos a esos lugares donde la taza de desempleo es muí alta donde para poder comer tiene que empezar su jornada laboral muchas bese alas 4 de la madrugada en condiciones de trabajo que no son las adecuadas en donde no cuentan cuentan con las prestaciones de lay con un horario justo y que muchas veces ese horario se extiende asta por 10 horas de trabajo que equivale apenas a 20 quetzales diarios ,entonces me pongo el lugar de ellos i me digo sera que ellos no desean una mejor fuente de empleo donde tengan las condiciones de trabajo adecuadas un salario digno comprestaciones de ley { bono 14 igss vacaciones horas extras } empecemos aser solidarios con quienes lo necesitan
“En esas regiones, los trabajadores raras veces obtienen el salario mínimo nacional por la pobreza que impera en ellas”, y Es una realidad hiriente y demasiado cruel en Guatemala como para que nos permitamos ignorarla”.
El Artículo 7º del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales prevé el derecho a “una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores (…) condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias conforme a las disposiciones del presente Pacto”.
la mayoria de los que promueven esa aberracion desconocen el Articulo 106 constitucional. Los derechos de los trabajadores se consideran MINIMOS E IRRENUNCIABLES. todo lo demas es bla, bla, bla. MALA LA EXPLOTACION DEL TRABAJADOR Y EL ENRIQUECIMIENTO ILICITO.